Gobierno transferirá acciones del Estado en azucareras a favor de trabajadores y jubilados

El Poder Ejecutivo aprobó un decreto de urgencia que autoriza la transferencia de la participación accionaria del Estado en las empresas agrarias azucareras a favor de los trabajadores, ex trabajadores y jubilados de las mismas como pago de sus acreencias laborales.
De esta manera, excluyó del proceso de promoción de la inversión privada las acciones de titularidad del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe), de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) y del Seguro Social de Salud (Essalud) en las empresas agrarias azucareras acogidas al régimen de la Ley de la actividad empresarial de la industria azucarera.
La ONP y Essalud deberán transferir a título oneroso al Fonafe la titularidad de las acciones que dichas entidades poseen en las empresas agrarias azucareras dentro de los cinco días hábiles siguientes de la entrada en vigencia del decreto de urgencia.
La transferencia de las acciones se realizará al valor de la última cotización de bolsa anterior a la fecha de publicación del decreto de urgencia.

En caso que alguna de las empresas agrarias azucareras no cotizara en la Bolsa de Valores de Lima (BVL), se utilizará el valor contable de la acción a la fecha de corte establecida.

Asimismo, se autoriza al Fonafe a transferir las acciones de las empresas agrarias azucareras de la cual es titular y de las que adquiera de las otras entidades mencionadas, a un fideicomiso que será administrado por la Corporación Financiera de Desarrollo (Cofide) y cuyos fideicomisarios serán los trabajadores, ex trabajadores y jubilados de dichas empresas, o los sucesores de éstos de acuerdo a la normatividad vigente.
Para dicho efecto, Fonafe queda autorizado a suscribir el contrato de fideicomiso el cual tendrá como finalidad transferir tales acciones de titularidad del Fonafe con el propósito de amortizar las deudas laborales que frente a ellos mantienen las citadas empresas agrarias azucareras.
Para efecto de la transferencia de acciones que realizará el fiduciario del patrimonio fideicometido, se tomará en cuenta la relación de acreencias laborales exigibles reconocidas por las empresas agrarias azucareras en el Programa de reflotamiento empresarial y Programa de reconocimiento de obligaciones presentado por dichas empresas ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi).
El valor de transferencia de las acciones se imputará primero al monto capital, seguido de los gastos y posteriormente a los intereses de la deuda laboral reconocida y liquidada por las empresas agrarias azucareras, consignada en la última relación actualizada de dicha deuda remitida al Indecopi.
El Poder Ejecutivo explicó que la situación actual de los trabajadores de las empresas agrarias azucareras ha generado diversas protestas que ponen en peligro la seguridad de los mismos trabajadores y de la población en general.
En ese sentido, consideró necesario adoptar medidas extraordinarias de carácter económico y financiero que permitan asegurar la transferencia de las acciones del Estado en las empresas agrarias azucareras a favor de los trabajadores, ex trabajadores y jubilados de dichas empresas o los sucesores de éstos, a fin de amortizar las acreencias de naturaleza laboral que tienen los citados acreedores.
El anuncio fue hecho por los ministros de Economía y Finanzas, Ismael Benavides, de Agricultura, Rafael Quevedo, y de Trabajo y Promoción del Empleo, Manuela García.